Actualmente la Procuraduría General de la República a través de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales en colaboración con la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales y de las Delegaciones Estatales de: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, realizan el trámite relativo a la expedición de "Constancia de Datos Registrales", de conformidad con el punto Noveno del Acuerdo A/023/12, de la C. Procuradora General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación, fechado con 9 de febrero de 2012, el cual señala lo siguiente:
"NOVENO. El titular de la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales, de acuerdo con los protocolos de seguridad y confidencialidad que establezca, o el titular de la delegación estatal de la Procuraduría General de la República, o a las personas que en ambos casos designen, expedirán la Constancia de Datos Registrales, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del momento en que se cumplan todos los requisitos que establezca la Procuraduría General de la República para este trámite. Dicha constancia tendrá una vigencia de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de su expedición."
Ahora, la "Constancia de Datos Registrales", es un documento expedido a las personas con la finalidad de verificar si cuentan o no con datos registrales derivados de averiguaciones previas, ya sea del fuero común o federal y solo se efectúa a petición de diversas autoridades a esta Dependencia (embajadas, consulados o dependencias de gobierno).
Para poder obtener el documento denominado "Constancia de Datos Registrales", es necesario que la persona cumpla con determinados requisitos, señalados en este mismo apartado.
Cabe señalar que con base en el punto Segundo del mencionado Acuerdo, se entiende por datos registrales que no constituyen antecedentes penales, las fichas decadactilares o signaléticas que integran el archivo de Dactiloscopia Forense, de la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales, que hayan sido obtenidas con motivo de denuncias, acusaciones, querellas o investigaciones practicadas por los agentes del Ministerio Público de la Federación o por los órganos jurisdiccionales, en donde no hubieren concluidos, con una sentencia condenatoria ejecutoriada.
En este orden, en su último párrafo menciona que se consideran antecedentes penales aquellos datos registrales de identificación personal, sobre sujetos que hubieren sido condenados por autoridad judicial competente a sufrir una pena o medida de seguridad y esta resolución haya causado ejecutoria.
En consecuencia de todo lo dicho con antelación se colige que la Procuraduría General República no expide "Carta de No Antecedentes Penales", toda vez que estos son solicitados a la Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad Pública, en México, Distrito Federal.
A nivel estatal, la "Carta de No Antecedentes Penales", es expedida por las Procuradurías de Justicia de cada Estado.
REQUISITOS
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Dos juegos de huellas decadactilares en original (únicamente para personas que residen en el extranjero). |
Carta de solicitud de la constancia de datos registrales, expedida por la embajada, consulado o dependencia de gobierno con vigencia de tres meses, dirigida al titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales, o al delegado estatal correspondiente.
Identificación oficial vigente con fotografía, pudiendo ser credencial de elector, cédula profesional o pasaporte vigentes, en caso de ser extranjero presentar este último documento.
| Comprobante de domicilio a nombre del interesado o de algún familiar directo como padres o hermanos que vivan en la misma ciudad que el interesado, con vigencia no mayor a dos meses (luz, agua, teléfono, banco o predial). Si el comprobante está en otro idioma, deberá presentarse traducido al español por un perito certificado en la materia. En caso de que el interesado realice su trámite en una entidad federativa distinta a la de su residencia, no se aceptarán como comprobantes de domicilio los recibos de agua, predial o cualquier otro servicio que se preste localmente; sólo los que tienen cobertura nacional, como los de TELMEX; CFE; y estados de cuenta bancarios. |
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Cartilla del Servicio Militar Nacional, o en su caso, constancia de aplazamiento de la incorporación al activo (para varones mexicanos). |
| Forma migratoria FM-2 ó FM-3 (únicamente para extranjeros). |
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Acta de nacimiento (legible), con no más de cinco años de haber sido expedida. En caso de ser naturalizado, presentar carta de naturalización. Si el acta de nacimiento se encuentra en otro idioma, deberá presentarse traducida al español por un perito certificado en la materia. |
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Dos fotografías a color sin retoque, tamaño pasaporte o filiación, una de frente y una de perfil derecho (fondo blanco, sin maquillaje, sin lentes, sin aretes, sin piercing, sin barba, sin bigote, cabeza, frente y orejas descubiertos y sin portar prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días a la solicitud de la constancia). |
| Efectuar el pago de la constancia de datos registrales en las instituciones bancarias autorizadas, a través de medios electrónicos al esquema e5cinco, en caso de contar con el servicio de banca electrónica se puede hacer el pago vía internet, o bien generando la hoja de ayuda para el pago en ventanilla bancaria. La cantidad a pagar en cualquier caso es de ciento treinta pesos. |
Para las personas que vivan en el territorio nacional el trámite inicial es personal. Para recoger la Constancia de Datos Registrales se entregará el volante de presentación debidamente requisitado por la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales o la delegación estatal correspondiente que ampara el trámite efectuado, y se presentará identificación oficial vigente.
| En caso de que el interesado designe a una persona para recoger la Constancia, el designado deberá entregar poder notarial o carta poder en original dirigida al titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales o al delegado estatal correspondiente; ahora bien, tratándose del segundo caso, esta deberá contener no solo el nombre y firma del poderdante y del apoderado, sino también el nombre y firma de dos testigos, anexando copia simple y legible por ambos lados de las identificaciones oficiales vigentes de cada uno (a fin de cotejar las firmas); para personas que residen en el extranjero, el trámite se realiza a través de un representante con carta poder en los términos señalados. |
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PRESENTAR TODOS LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL Y COPIA LEGIBLE.
La carta expedida por la embajada, consulado o dependencia de gobierno, así como las huellas decadactilares (de personas que vivan en el extranjero), serán los únicos originales que NO serán devueltos al interesado).
"IMPORTANTE"
El interesado deberá ser mayor de edad.
El tiempo para la expedición de la constancia es de 10 días hábiles una vez que se cumplan todos los requisitos aquí señalados.
La constancia tiene una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de expedición.
Bajo ninguna circunstancia se expedirán constancias urgentes, ni en menor tiempo del estipulado.
Para los interesados o personas de su confianza que habiten en el Distrito Federal, deberán acudir para el trámite a la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales (previa cita llamando al teléfono 5346 0000 Ext. 8428, 8430 y 8427 o vía correo electrónico: aregistrales@pgr.gob.mx), ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 235, 4º piso, entre Colima y Tabasco, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, México, D.F. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 hrs.
Para los interesados o personas de su confianza con residencia en cualquier estado de la República Mexicana, deberán acudir a la delegación estatal de la Procuraduría General de la República más cercana a su domicilio, en un horario de 09:00 a 15:00 horas.
Para cualquier información adicional puede comunicarse al teléfono 01800 00 85 400; ó al 5346 0000 extensiones 8430, 8428 y 8427 en el D.F., o al correo electrónico: aregistrales@pgr.gob.mx
El costo de la constancia de datos registrales se determina con base a lo dispuesto en el Diario Oficial de la Federación, publicado el 29 de diciembre de 2011.
SE LES INFORMA QUE EN LAS INSTALACIONES DE ESTA PROCURADURÍA, SE DEBERÁN OBSERVAR LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES:
Queda prohibido el acceso a menores de edad a las instalaciones. Tampoco se permite el acceso a equipo informático como computadoras, laptop, Tabletas electrónicas, cámaras fotográficas y de video, etc.
Av. Paseo de la Reforma #211-213 Col. Cuauhtémoc, Deleg. Cuauhtémoc
Distrito Federal CP. 06500, T. (55) 5346-0000
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